Consejo de Ciencia y Tecnología Estatales: Chiapas
El Instituto de Ciencia, Tecnología e Innovación del Estado
de Chiapas, es un Organismo Público Descentralizado de la Administración
Pública del Estado, que tiene como objetivo principal, planear, coordinar,
establecer, promover y evaluar las políticas públicas y los programas en
materia de ciencia, tecnología e innovación en el Estado de Chiapas. Dirigir sus
acciones a la comunidad científica y tecnológica, estudiantes, empresas,
organizaciones, dependencias y entidades del Poder Ejecutivo y a la sociedad en
general, para desarrollar, consolidar y articular el Sistema Estatal de Ciencia
y Tecnología; incrementar la competitividad de las organizaciones productivas y
desarrollar una sociedad capaz de generar y utilizar conocimiento para su
propio beneficio, mediante el apoyo a proyectos de investigación, desarrollo y
transferencia de tecnología, formación de científicos y tecnólogos; así como la
difusión, divulgación y enseñanza de la ciencia y tecnología.
¿Qué se hace?
- Regulamos,
proponemos e implementamos las políticas en materia de tecnologías de
información, sistemas y comunicaciones de la Administración Pública
Estatal, así como emitir las normas y lineamientos sobre las mismas, con
el fin de mejorar los procesos técnicos y administrativos de los
organismos públicos del Ejecutivo del Estado.
- Impulsamos
la estrategia de gobierno digital, mediante el establecimiento de la norma
y diseño de todos los sitios de internet, aplicaciones móviles y sistemas
de información en las Dependencias y Entidades Paraestatales, así como la
integración de los servicios gubernamentales, con el propósito de que se
brinde un canal eficaz y eficiente de comunicación entre el Gobierno y los
ciudadanos.
- Generamos,
impulsamos, desarrollamos y promovemos el sistema estatal de innovación,
ciencia y tecnología en el Estado, generando mejores niveles de
conocimiento, que permitan un desarrollo integral en los aspectos social y
económico.
- Promovemos
la implementación de una plataforma única de base de datos de la
Administración Pública Estatal, así como administrar y coordinar la
recolección de datos, almacenamiento, procesamiento, compilación, análisis
y resguardo de la información que se genere para la misma.
- Analizamos,
diseñamos, ejecutamos, difundimos y promovemos el desarrollo de
infraestructuras y/o proyectos de investigación de estrategias y/o
acciones en materia de energías verdes, así como aquellas que tengan que
ver con el objeto del Instituto.
- Promovemos
la investigación científica y tecnológica de la producción y uso de
energías, principalmente las denominadas energías verdes amigables con el
medio ambiente, pudiendo gestionar recursos para tal fin con instancias
nacionales o internacionales.
- Coordinamos
y regulamos la estrategia de modernización e implementación de nuevas
tecnologías de la información y comunicaciones en las Dependencias y
Entidades de la Administración Pública Estatal.
- Diseñamos,
desarrollamos e implementamos proyectos estratégicos autosustentables en
materia tecnológica para la solución de las necesidades y fortalecimiento
de la Administración Pública Estatal.
- Adquirimos,
conforme los procesos determinados en la ley de la materia, los sistemas
de comunicación, informáticos y de tecnologías de la información de la
Administración Pública Estatal.
- Brindamos
capacitación en materia de tecnologías de la información y comunicaciones
a los servidores públicos del Poder Ejecutivo del Estado, así como de los
municipios y organismos públicos y privados que lo requieran.
- Coordinamos,
formulamos, dirigimos y evaluamos la política de innovación, ciencia y
tecnología en el Estado, asegurando la participación de la comunidad
científica y tecnológica.
- Participamos,
validamos y dictaminamos, en términos de la ley de la materia, los
procesos de adquisición de los bienes informáticos, de comunicación y de
tecnologías de la información de las Dependencias y Entidades de la
Administración Pública Estatal.
- Emitimos
los lineamientos que orienten el desarrollo científico y tecnológico en la
Entidad, los cuales deberán ser observados por las Dependencias y Entidades
del Poder Ejecutivo del Estado.
- Coordinamos
los programas orientados a la formación de recursos humanos de alto nivel,
en materia de ciencia, tecnología e innovación.
- Analizamos,
diseñamos, implementamos y/o transferimos nuevos desarrollos de
comunicación, ciencia y tecnología, que permitan coadyuvar en la solución
de problemas sociales y detonar el impulso de las actividades productivas
estratégicas en la Entidad.
- Normamos
y promovemos las actividades de innovación, investigación y desarrollo
tecnológico.
- Impulsamos
la divulgación y difusión de las actividades científicas y de innovación
tecnológica.
- Fomentamos
a través de la articulación e implementación de nuevos procesos
científicos y tecnológicos, el desarrollo sustentable de las regiones de
la Entidad.
- Gestionamos,
fomentar, financiar, promover y administrar fondos y programas para
impulsar el desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación del Estado.
- Fomentamos
e impulsamos el reconocimiento económico y social del trabajo de los
investigadores y desarrolladores en el Estado, en la mejora y solución de
las problemáticas de la Entidad.
- Asesoramos
y determinamos la pertinencia científica y tecnológica de las propuestas
de inversión en innovación científica y tecnológica en la Administración
Pública Estatal.
- Establecemos
las políticas para el suministro, intercambio, sistematización y
actualización de la información pública generada en las Dependencias y
Entidades de la Administración Pública Estatal, en coordinación con la
Dependencia rectora en materia de acceso a la información pública.
- Coordinamos
mecanismos para el intercambio de información de las Dependencias y
Entidades de la Administración Pública Estatal, con la finalidad de
procurar un repositorio estatal de información, que permita la generación
de productos estadísticos, y demás herramientas que contribuyan a la toma
de decisiones y al cumplimiento de las políticas públicas que establezca
el Ejecutivo Estatal.
- Las
demás que determine el Reglamento Interior, o los que le confiera la
normativa aplicable, y aquellos que le sean instruidos por el Titular del
Poder Ejecutivo del Estado.
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